El Arzobispo de Sevilla, monseñor Juan José Asenjo, ha dispuesto la tarde de este sábado la supresión de la celebración pública de la Santa Misa con asistencia de fieles en todos los templos de la Archidiócesis. Ante las medidas tomadas por el Gobierno de la Nación tras declarar el estado de alarma, previsto en la Constitución Española, ha considerado necesario adoptar nuevas disposiciones de urgencia para la prevención y erradicación de la epidemia provocada por el Coronavirus (Covid-19) que afectan de manera decisiva a la acción pastoral y a la asistencia al Pueblo de Dios.
La supresión de la celebración pública de la Santa Misa con asistencia de fieles en todos los templos de la Archidiócesis, entre en vigencia a partir de este mismo momento, I vísperas del III Domingo de Cuaresma, y mientras se mantenga la declaración del estado de alarma.
“Se recomienda seguir la santa Misa por radio, televisión o internet, haciendo la comunión espiritual, práctica tradicional de la Iglesia que exhortamos a recuperar como medio de santificación y de comunión eclesial”.
Reproducimos a continuación el Decreto Oficial publicado por la Archidiócesis de Sevilla en fecha 14 de marzo de 2020.
«La Archidiócesis de Sevilla, ante las medidas tomadas por el Gobierno de la Nación que incluyen la declaración el estado de alarma, previsto en la Constitución Española, considera necesario adoptar nuevas disposiciones de urgencia para la prevención y erradicación de la epidemia provocada por el Coronavirus (Covid-19) que afectan de manera decisiva a la acción pastoral y a la asistencia al Pueblo de Dios.
Por todo ello, en virtud de mi potestad ordinaria, DISPONEMOS cuanto se sigue:
1.-La supresión de la celebración pública de la Santa Misa con asistencia de fieles en todos los templos de la Archidiócesis, a partir de este mismo momento, I vísperas del III Domingo de Cuaresma, y mientras se mantenga la declaración del estado de alarma.
2.-De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto emitido en el día de ayer, se recuerda que, en virtud de los cc. 87§ 1 y 1248§ 2 CIC, se ha dispensado de la asistencia a la celebración dominical a todos los fieles en la Archidiócesis.
3.-Se recomienda seguir la santa Misa por radio, televisión o internet, haciendo la comunión espiritual, práctica tradicional de la Iglesia que exhortamos a recuperar como medio de santificación y de comunión eclesial.
4.-Los sacerdotes celebrarán diariamente la Eucaristía, en virtud del c. 904 CIC, que recuerda que la santa Misa, aunque no pueda tenerse con la asistencia de fieles es una acción de Cristo y de la Iglesia, en cuya realización los sacerdotes cumplen su principal ministerio, ofreciéndola por las personas fallecidas y enfermas, y poniendo como intención la superación de esta pandemia.
5.-Se dispensa a las Hermandades y Cofradías de la realización de la estación de penitencia en la próxima Semana Santa.
6.-Nuestro Decreto de fecha 13 de marzo (Prot. 1041/20) queda en vigor en todo lo que no contradiga las presentes disposiciones y hasta que, de acuerdo con las actuaciones que tome la autoridad competente, se establezcan otras medidas.
Pedimos a los sacerdotes, a los miembros de la Vida Consagrada, a los movimientos eclesiales, a las Hermandades y Cofradías y a todos los fieles de la Archidiócesis que sigan invocando el auxilio de Dios Nuestro Señor y ofrezcan sus sacrificios en esta hora, que encomendamos especialmente a la intercesión y protección de Ntra. Sra. de los Reyes.
Dado en Sevilla, firmado de nuestra propia mano, sellado y refrendado por nuestro infrascrito Secretario General y Canciller, a catorce de marzo de dos mil veinte.«
+Juan José Asenjo Pelegrina
Arzobispo de Sevilla
Doy fe
Isacio Siguero Muñoz
Secretario General y Canciller
Prot. nº 1042/20